Sobre sena2.info

Sena2.info ha sido parte del desafío AbreDatos 2010, y se propone liberar los datos de la página web del Senado español. Se ha concentrado en una parte de los datos: las intervenciones, para más adelante abordar el resto.

Software

sena2.info está hecho en Perl, y el programa necesario para extraer los datos ha sido liberado en CPAN, el repositorio de módulos en Perl. También se pueden obtener los fuentes (y colaborar en el desarrollo, si es necesario) en github. La base de datos se puede descargar completa del mismo repositorio, o de este sitio, en formato MySQL

Sobre el Senado

Nuestra Constitución española define al Senado como la Cámara de representación territorial dada su composición, funciones que tiene encomendadas y estructura.

Las funciones del senado son las siguientes:

  • Las de integración territorial, legislativa, de control e impulso político, de control de la política exterior.
  • El Senado tramita proyectos de ley que son iniciativas remitidas por el gobierno al Congreso de los Diputados y ya aprobadas por éste. También tramita proposiciones de ley, que son iniciativas remitidas por el Congreso de Diputados u originadas en el propio Senado

Un Senador es un miembro integrante de la Cámara de Senadores o Senado. En los países democráticos, los senadores los eligen los ciudadanos de ese país. Para ser senador se tiene que tener más de 18 años y pertenecer a un partido político.

Según la Constitución de cada país, los Senadores duran entre cuatro y ocho años en su cargo, se renuevan alternadamente cada determinados años y pueden ser reelegidos indefinidamente o una cierta cantidad de veces.

ORGANOS DEL SENADO

El Senado está compuesto principalmente por:

  • El Presidente, que ostenta la representación de la Cámara.
  • La Mesa del Senado, cuyas funciones principales son las de regir y ordenar el trabajo de toda la institución.
  • La Junta de Portavoces, su función principal es fijar el orden del día de las sesiones del Pleno.
  • Las comisiones, pueden ser permanentes y no permanentes. En el caso de las comisiones permanentes, el Pleno del Senado puede conferirles competencia legislativa plena en relación a un asunto, con lo que podrán aprobar o rechazar definitivamente el proyecto de ley en cuestión; en el caso de las comisiones no permanentes son aquellas creadas con un propósito específico y cuya temática y duración están fijadas de antemano por el Pleno del Senado.

PARTICIPANTES

El equipo está compuesto por los siguientes profesionales:

  • JJ Merelo <jjmerelo@gmail.com>, coordinación, extracción de datos, entre otros.
  • Rubén Dugo <rdugomartin@gmail.com>, programación web y SEO.
  • Álvaro Ortiz <furilo@gmail.com>, maquetación.
  • Juande Salinas <juandesal@gmail.com>, marketting y difusión.